Derecho de los medios de comunicación

El derecho de los medios de comunicación ha sido, desde el principio, uno de los ejes centrales de mi actividad como abogado.

El derecho de los medios de comunicación es una materia transversal regulada en diversas leyes y reglamentos. Entre ellos se encuentran, por ejemplo, la Ley de Derechos de Autor (UrhG), la Ley de Derechos de Autor sobre Obras de Artes Plásticas (KUG), la Ley de Teleservicios (TDG), la Ley de Telemedios (TMG) o la Ley de Editoriales (VerlG).

Las manifestaciones privadas y públicas (universales), así como la información y la comunicación, están sujetas a normas que, por un lado, protegen la libertad de expresión e información y, por otro, buscan evitar la lesión de derechos mediante manifestaciones de terceros.

Se ven afectadas, en particular, las manifestaciones en internet, en la prensa, en editoriales o en la radiodifusión, en las artes plásticas, en la fotografía, en el cine o en la música, así como en blogs o redes sociales (Twitter, Facebook, etc.).

Se trata, por ejemplo, de reseñas negativas en internet, del derecho a la propia imagen (en caso de publicaciones no autorizadas), de la eliminación de vídeos en YouTube o Facebook, de la eliminación de afirmaciones fácticas falsas o de insultos en internet, entre otros.

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